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año:2010
 
proceso:REFRENDO DE CONVENIOS
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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3 2 DIVISION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 01395 11 de febrero, 2010 DJ-0561 Señor Jorge Rodríguez Quirós Ministro Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin trámite la solicitud planteada mediante Oficio DM-118-2010.- Nos referimos a oficio DM-118-2010., mediante el cual somete al conocimiento de este órgano contralor, “para su aval y recomendación”, copia de un convenio suscrito entre esa cartera ministerial y la Municipalidad de Aguirre, cuyo objeto se indica es la “asignación de un lote”. Sobre el particular, conviene realizar las siguientes observaciones: i. De conformidad con los artículos 182 y 184 de la Constitución Política, están sujetas a refrendo de la Contraloría General de la República las obligaciones derivadas de la actividad contractual pública; ii. Al amparo de los artículos recién citados y el numeral 32 de la Ley de Contratación Administrativa, se emitió el Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, el cual fue publicado en La Gaceta No. 202 del 22 de octubre de 2007; iii. Dicho Reglamento establece las disposiciones generales, el ámbito de aplicación, el alcance de su análisis, el trámite a seguir, entre otros, en relación con la materia de refrendo, siendo que no se reconoce en él mismo la posibilidad de someter al conocimiento de esta Contraloría General un documento sobre cuyo contenido se emita una “recomendación”. Lo anterior, en virtud de los efectos del refrendo, esto es que se trata de “un acto de aprobación, por lo que funge como un requisito de eficacia del contrato de administrativo”. iv. El artículo 12 del Reglamento en mención indica cuales son los requisitos a cumplir para gestionar dicho trámite, entre los cuales está el remitir con la respectiva solicitud de refrendo “el documento contractual original y una copia”, siendo que en el caso de marras esa Administración procedió al envío únicamente de una c ...
Fecha publicación: 16/02/2010
Fecha emisión: 11/02/2010
Documento: 01395-2010.doc
Institución: MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGIA (MINAE)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


3 2 DIVISION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 00651 21 de enero, 2010 DJ-0255 Ingeniero Eduardo Lezama Fernández Subgerencia General Dirección Jurídica Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin refrendo, por no requerirlo, el convenio suscrito entre la Municipalidad de Moravia y el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cuyo objeto es el traspaso de la planta de tratamiento de aguas residuales, denominada “André Challé”, ubicada en Los Sitios de Moravia. Nos referimos a oficio N° SGG-2010-0042, mediante el cual solicita refrendo al convenio suscrito entre la Municipalidad de Moravia y el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados, cuyo objeto es el traspaso – por parte de la Municipalidad al Instituto - , de la planta de tratamiento de aguas residuales “André Challé”, la cual se ubica en el folio real número 1-568755-000. Realizado el análisis de rigor, se tiene que, al amparo del artículo 3 inciso 6 del “Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública”, publicado en La Gaceta No. 202 del 22 de octubre de 2007, el convenio descrito no requiere del refrendo contralor; específicamente señala la norma: “ Se requerirá el refrendo en los siguientes casos: (…) 6) Todo contrato o convenio celebrado entre dos o más entes, empresas u órganos públicos, en el tanto tengan por objeto el otorgamiento de concesiones, la constitución de fideicomisos o la realización de proyectos bajo el tipo contractual de alianza estratégica. Los demás contratos o convenios interadministrativos no referidos en este inciso o en general en el articulado de este Reglamento, no estarán sujetos a refrendo. Es responsabilidad exclusiva de los jerarcas de las Administraciones involucradas, adoptar las medidas de control interno de conformidad con la Ley General de Control Interno para garantizar que estas relaciones interadministrativas se apeguen estrictamente a la n ...
Fecha publicación: 23/01/2010
Fecha emisión: 21/01/2010
Documento: 00651-2010.doc
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS (AYA)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS